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La RFEV incumple por dos veces el código de buen gobierno que desde octubre de 2005 obliga a las directivas de la misma.

La primera vez lo hace con el auto contrato y la aprobación del último presupuesto realizado por la Directiva de Pombo, y la segunda con la adjudicación del sueldo al actual Presidente Rodríguez.

El Código de Buen Gobierno en la RFEV es de obligado cumplimento desde el 10 de octubre del2005, tal y como lo que indica la circular que el día 12 de octubre de 2005 envío el Sr. Pombo, Presidente en aquellas fechas de la RFEV, a la Junta Directiva, a la Comisión Delegada y a los Presidentes de la Federaciones Autonómicas, y que textualmente dice, (sic): “Os acompaño el Código de Buen Gobierno de la Real Federación Española de Vela, aprobado por la Comisión Delegada en su sesión del 10 de octubre de 2005, el cual es de obligado cumplimiento para todos nosotros”.
Está claro que el Sr. Pombo no tenia la mas mínima intención de cumplirle, como así lo demostró fehacientemente cuando se auto contrató para dirigir le Mundial de la ISAF en Santander y cuando aprobó , en contra de lo que permiten los Estatutos federativos, un presupuesto que excedía con mucho lo establecido por el artículo 70 de los mismos, que dice “No podrán comprometerse gastos de carácter plurianual sin autorización del Consejo Superior de Deportes cuando el gasto comprometido supere el 10 % del Presupuesto o el Periodo de Mandato del Presidente” lo que conociéndolo realizó sin el preceptivo permiso del CSD.
Esta tamaña irregularidad fue puesta en conocimiento del CSD, el que con una contestación por escrito, que insulta a la inteligencia, se salió por los cerros de Úbeda, en la que venía a decir algo así como que los peces maman, o para entenderlo mejor, que los elefantes vuelan.
Para mayor abundamiento, en la demanda que el Sr. Pombo interpuso a la RFEV en 2013 por despido improcedente, al no reconocer el nuevo Presidente el contrato que se hizo por medio del Sr. Labat, a la sazón Vicepresidente de Pombo, en ella, la Propia RFEV en su defensa ante esta demanda, entre las pruebas que presentó para defenderse del Sr Pombo esta una que no deja la menos duda sobre el Incumpliendo de la RFEV del Código de Buen Gobierno por parte de la Directiva del SR. Pombo y es la que aporta al Juzgado de lo Social nº 5 de Santander como la prueba documental nº 6 y que dice, (sic): “Código de Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas, en cuya primera Norma de Actuación y referida a las retribuciones se establece la “prohibición, salvo expresa autorización del Consejo Superior del Consejo Superior de Deportes de la realización de contratos blindados, con indemnizaciones por encima de la vigente legislación”. Es la propia RFEV la que da fe del incumpliendo por el Ex Presidente. Sin comentarios
Pero más a mas, como dicen en Cataluña, el propio Presidente nos cuenta a los Asambleístas en la A.G.O. del día 8 de junio de 2013, que era la primera que celebraba desde que asumió el cargo de Presidente algo que no tiene desperdicio y que por su importancia y trascendencia transcribo literalmente del acta notarial del audio que existe de la misma, (sic): “corremos un peligro, y quiero dejarlo aquí claro (toses), lo hemos, lo hemos hablado con el Consejo y en principio no va haber, no va haber acciones …. ( palabra ininteligibla) nos han dicho, porque claro, eh, esa accion, eh, contraviene directamente y explicitamente, porque el contrato estaba blindado, es decir el contrato (tose) …. (palabra ininteligible) . Lo que tengo que decir es que tenía en el caso de que no se le reconociese o no se le despidiera había que pagarle la totalidad del contrato, 120.000 euros. Eso incumple, eh, literalmente el Código de Buen Gobierno firmado por todo el mundo que, que conozca esto, claro si ante el Consejo Superior de Deportes incumples ese Código, la sanción del Consejo Superior de Deportes es a la federación, y la sanción es devolver la subvención concedida en el año que se haya incumplido eso, con lo cual lo que nos faltaba es que nos dijeran que devolviésemos 3 millones y pico de euros claro, …. (Palabra ininteligible), el consejo parece ser que, se , no va a tomar cartas en el asunto, porque si las tomara tendría que hacer eso, en todo caso la subinspectora, la subdirectora, la subdirectora de alta competición, eh, fue a Santander en el Juico declaró dijo porque además ella había advertido en alguna reunión del Comité Organizador de, de Santander, vamos de, si , si del Mundial de Santander en la que se había propuesto algo de esto ella había advertido que no se podía hacer ningún contrato sin la previa autorización el Consejo Superior de Deportes, primero porque es lógico y segundo porque los estatutos dicen que no puedes hacer, no puedes a, diríamos adquiriré compromisos más allá de tu mandato sin la previa autorización de esta Asamblea y del Consejo Superior de Deportes y claro eso desde luego no se ha hecho, bueno a parte que cada uno saque las consideraciones que, las consideraciones que quiera, ese está ahí”
Este incumplimiento es blanco y en botella, ahora vamos con el otro, que tiene que ver esta vez con la adjudicación del sueldo del actual Presidente
El Código de Buen Gobierno que el CSD con relación a la adjudicación de los sueldos de los presidentes de las Federaciones deportivas establece para que estos puedan ser aprobados en Asamblea General, lo siguiente, (sic): “En caso de remuneración del Presidente, deberán aprobar ésta en Asamblea General, de manera expresa y con independencia del resto de las partidas presupuestarias. Esta aprobación tendrá que aparecer como punto independiente en el Orden del Día e indicar el importe bruto a percibir y se realizaran anualmente”.
Pues bien en ninguna de las Convocatorias de las Asambleas Generales de la RFEV en los años 2013 y 2014 aparece en el orden del día de estas nada relacionado con la aprobación del Sueldo del Presidente, y mucho menos el importe bruto del mismo.
También verde y con asas lo de este asunto. Desde luego que razón tiene el informe Pisa, que en nuestro país la comprensión de la lectura es nula, al menos por parte de Directiva de la RFEV y del CSD
Pero para más abundamiento, el Acta de la AGO de 8 de Junio de 2013 se falsea con relación a este tema, ya que nada de lo que en ella aparece sobre el particular es cierto, ni hubo votación sobre él. Lo único que se dijo sobre el sueldo del Presidente se hizo a traición en el punto de presupuestos cuando se trataba de varios asuntos sobre los misos.
Esta es la transcripción literal de lo que recoge el Acta sobre el sueldo de Presiente, (sic): “Formula la siguiente propuesta: Aprobación de la condición Profesional del Presidente, de conformidad con lo que establece el artículo 26 de los Estatutos Federativos en aplicación de lo que, por su parte, prevé el artículo 17,5 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de Diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas: señalando igualmente que su retribución bruta anual, cifrada en 86.49438 eros, figura debidamente consignada, dentro del Capitulo de Gastos, en el Presupuesto 2013.
La Asamblea adopta por unanimidad el siguiente acuerdo:
Aprobación de la Condición Profesional del Presidente y su retribución bruta anual consignada en el Presupuesto 2.013”
Sin embargo lo que verdaderamente se dijo en la Asamblea sobre esto, está recogido en el Acta notarial del audio de la misma y que también transcribo por su importancia (sic): “el aspecto jurídico que es lo mínimo que se puede pedir de aspecto gerencial que es el aspecto económico…. (Palabra ininteligible) mínima estructura y en ese caso particular, además en cuanto a la situación del Presidente que, que se propone que sea personal laboral de la federación y también con una reducción importante en su salario que pasa, que se propones que cobre a partir de ahora, brutos son 84494,38 euros anuales. En cuanto a los presupuestos eso es toda la explicación de las diferentes…… (palabra ininteligible) o aparcamientos “.
Como se ve nada tiene que ver lo que transcribe el Acta con lo que se dijo en la Asamblea. La imaginación del Secretario de Actas supera con creces a la de Julio Verne y en su celo de servir al que le da de comer, falsea un documento oficial, en una acción sin precedentes. Esta es la profesionalidad y honorabilidad del que debe dar fe en la RFEV. Así la va. Además es el exponente claro de el pasotismo de los miembros de la Asamblea, lo que se merece un capitulo aparte
Si esto no es incumplir el Código de Buen Gobierno que venga Dios y lo vea. ¿Cómo es posible que sea el propio CSD con el TAD los que nos quieran hace comulgar con ruedas de molino?, o es que se piensan, tanto los de la RFEV como los del CSD que somos imbéciles o gente de mala fe como otros.
Ya hablaremos de la resolución del TAD…