Portada ›› Blogs ›› La Vela por Chiqui ›› IMPUGNACIÓN AL TAD DE LA REUNIÓN PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ELECTORAL, REALIZADO POR EL MIEMBRO DE LA COMISIÓN DELEGADA DE LA RFEV EUGENIO DÍAZ - MAIL DEL 7 DE OCTUBRE DE 2016

IMPUGNACIÓN AL TAD DE LA REUNIÓN PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ELECTORAL, REALIZADO POR EL MIEMBRO DE LA COMISIÓN DELEGADA DE LA RFEV EUGENIO DÍAZ - MAIL DEL 7 DE OCTUBRE DE 2016

Mail de Eugenio Díaz recurrineoel intento de modificacion del Reglamento Electoral de la RFEV enviado el 7 de Octubre de 2016

Impugnación al TAD de la reunión de la Comisión Delegada telemática recibida vía e-mail el 06/10/2016 a las 9.37 h del Miembro de la Comisión Delegada de la RFEV Eugenio Díaz a la reunión de la Comisión Delegada del dia 6 de Octubre de 2016

De: Eugenio Díaz.
Enviado el: viernes, 7 de octubre de 2016 22:18
Para: 'Tribunal Administrativo del Deporte'; Presidenta RFEV; Jurídico RFEV; 'Real Federación Española de Vela'; Y a todos los Miembros Comisión Delegada RFEV.

Asunto: IMPUGNACIÓN Comisión Delegada Telemática recibida vía e-mail el 06/10/2016 a las 9:37h.

7 de octubre de 2016.

A Presidenta RFEV, Jurídico RFEV, RFEV, Miembros de CD y Tribunal Administrativo del Deporte CSD.

Por el presente impugno la de Comisión Delegada Telemática recibida vía e-mail el 06/10/2016 a las 9:37h., por los razonamientos y motivos que a continuación expongo:

1º Por todos es sabido, porque así se nos ha informado y nuestra de ello también lo fue la elección de los Miembro de Junta Electoral y Comisión Gestora en la Orden del Día de la CD del pasado 30-9-2016, que el Reglamento Electoral ya está aprobado por el CSD desde el 14 de junio de 2016. Con sus correcciones al mismo. Adjunto Doc1.

2º Dicen los preámbulos de la Orden “ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas”:

- “Mejorar la gobernanza de estas entidades, incrementar la transparencia de los procesos electorales…”

-“La mejora de los procesos de gobernanza exige incidir sobre ciertos aspectos de los procesos electorales que atribuyen un excesivo margen de discrecionalidad a los rectores o dirigentes de las Federaciones, que disponen de amplias facultades para concretar o precisar cuestiones que son determinantes para la composición o conformación de las Asambleas Generales, como la horquilla del porcentaje de representantes asignados a cada estamento, la determinación de las circunscripciones electorales o la regulación de la moción de censura.”

Y como consecuentemente la posterior TRANSPARENCIA de la RFEV nace de la importancia y respeto que se ha de tener a todo lo que conforman los Procesos Electorales para que, quienes todo lo pagamos podamos saber con detalle los manejos de nuestros dineros y seamos los que verdaderamente, somos el Poder Supremo de nuestro Deporte e instituciones Deportivas, paso a explicar de la forma más concisa y clara posible, mis otros motivos como Representante en la CD y Asamblea de la RFEV que soy, de los de los Intereses Generales de los Deportistas:

Lo que nos propusieron y se presentó y aprobó en la última Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, ignorando todos la información porcentual de Representación en la Asamblea que envié vía e-mail a los Miembros de la misma así como a los de CD días antes, era lo siguiente (Y muchos deberían de revisarse el cómo votan):

Entre 1 Presiente/a, más 18 natos, más 52 clubes, más 28 deportistas, más 15 técnicos, más 5 jueces. TOTAL ASAMBLEA 119 personas.

Mucha Representación, pero a su vez una forma de hacer de la Asamblea algo totalmente inoperante para la disposición de la información y realización del control o fiscalización del seguimiento Económico y Deportivo de la gestión Directiva, para con ello después poder votar responsablemente y con una información contrastada y veraz. Añádase a eso los estilos que se vienen sufriendo por la CD, y vamos… que imposible…

Luego tenemos, entre clubes 52, más 18 natos, más presidente RFEV 1. TOTAL 71. Un 59,66 % de la Asamblea

Y entre deportistas, técnicos y jueces. TOTAL 48. Un 40,33 % de la Asamblea.

Y todo esto es lo que ya está aprobado en el Reglamento Electoral por CD, Asamblea y CSD, y a mi entender, ya no se puede modificar sin iniciarse totalmente de nuevo todos los procesos, porque para ello ya se han consumido los plazos legales para poder hacerlo sin entre en nuevas chapuzas e incumplimientos de Normas y Leyes, que más que nunca se están haciendo y han puesto ya al Proceso Electoral en grave riesgo y bajo sospecha.

Sinceramente creo, que ni queriendo se podrían haber cometido más chapuzas y torpezas.

Y ahora se nos propone modificarlo a lo siguiente:

Entre 1 Presiente/a, más 18 natos, más 52 clubes, más 36 deportistas, más 17 técnicos, más 6 jueces. TOTAL ASAMBLEA 130 personas.

Una asamblea con mayor Representación, pero a su vez, más inoperante aun para lo anteriormente comentado. Por no hablar de incrementos de gastos y posibles ilegalidades del “artículo 40.4 de los Estatutos”, etc. Como yo he sufrido en la CD del 30-9-2016 por parte de la Presidenta y todos los miembros de CD allí presentes. Estoy esperando la resolución del TAD sobre ello, pero alguien va a tener que quedar muy mal.

Y si no se está queriendo aparentar lo que realmente no es, por favor articúlese una representación directa y votaciones por parte de todos los que componen los Estamentos, y acábese con la democracia representativa.

Así quedaría, entre los 52 clubes, más 18 natos, más presidente/a 1. TOTAL. 71. Un 54,61% sobre el total de la Asamblea.

Y para deportistas, técnicos y jueces. Total 59. Un 45,38 % sobre el total se la Asamblea.

Visto así y con simpleza, se podría llegar a interpretar, que bueno… por lo menos hemos mejorado un poquito la representación porcentual de los deportistas, técnicos y jueces.

Pero no nos engañemos, o nos dejemos engañar. Quienes decían que todo lo hacían por la TRANSPARENCIA y los DEPORTISTAS, están haciendo todo tipo de cábalas, chapuzas e incumplimientos de normas y leyes, para seguir ninguneando y manteniendo en minoría en la Asamblea, a los deportistas, técnicos y jueces. Quienes somos y deberíamos de ser en todas nuestras Instituciones Deportivas y en nuestro Deporte, el verdadero Poder Supremo.

Los cambios por los que los deportistas técnicos y jueces vienen clamando durante muchos años para nuestro Deporte e Instituciones Deportivas, solo podrán llegar algún día de la mano de estos, de los deportistas, técnicos y jueces. Para la mayoría de los demás, que no todos… tienen ya su mejor gobernanza y TRANSPARENCIA dejando las cosas como antes de las nuevas Órdenes y Leyes, como por ejemplo la “Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno”, y obviando o driblando a estas, mientras se les permita. De esa forma seguiremos manteniendo la opacidad y conjuntamente con la minoría porcentual de Representación en la Asamblea, de deportistas, técnicos y jueces, el inadecuado DOMINIO de nuestras Instituciones Deportivas y de nuestro Deporte.

Lo que se está pretendiendo con este cambio que se nos está presentando ahora a la CD utilizando a esta para validar toda esta chapuza y posteriormente pasarlo a Asamblea, no es para mejorar ese porcentaje de representación que no respeta al Poder Supremo, no, que va… Es “para poder tener acceso a la Circunscripción Autonómica”, y así, además, establecer un dominio mayor sobre la RFEV y sobre nuestro Deporte, por parte de algunas Federaciones Autonómicas por encima del resto.

Dicho todo esto, como Representantes de los Intereses Generales de los Deportistas, estén donde estén, Entiendo que lo mejor que puedo hacer por sus intereses, es presentar esta impugnación, y con ello:

1º Que se respeten “las reglas de juego” (Normas y Leyes) y que se dejen de hacer chapuzas, poniendo con ello en riesgo y bajo sospecha el Proceso Electoral. Ya hemos visto en la reunión CD del 30-9-2016 de lo que todos (Presidenta y miembros de la CD allí presentes), son capaces de hacer.

2º De no hacerse este cambio, el “acceso a la Circunscripción Autonómica” que aporta esas ventajas a algunas Federaciones Autonómicas por encima de otras, tendrá que ser “Circunscripción Estatal”. Y visto como se están haciendo las cosas, en estas circunstancias, suscribiendo la RFEV un convenio con Correos para el adecuado control del voto por este medio, a mi entender, es lo mejor que yo puedo hacer para los Deportistas en General de toda España, que es la actitud estatal que ha de prevalecer en la RFEV y sobre lo que yo tengo que practicar mi Representación, por los Intereses Generales de los Deportistas por igual de toda España, estén donde estén.

Eugenio Díaz.

Miembro CD y Asamblea de la RFEV.

Por el Estamento de los Deportistas.

Y nunca antes de las elecciones del 2012 estuve en la RFEV, ni lo volveré a estar.

De: Real Federación Española de Vela.
Enviado el: jueves, 6 de octubre de 2016 9:37
Para: Todos los Miembros Comisión Delegada RFEV.
CC: Presidenta RFEV.
Asunto: CONVOCATORIA COMISIÓN DELEGADA
Importancia: Alta

Buenos días,

Siguiendo indicaciones de la Presidenta de la Real Federación Española de Vela, Dª Julia Casanueva os envío la siguiente solicitud, para su estudio y aprobación, en su caso, por la Comisión Delegada, mediante votación por correo electrónico, dada la urgencia que nos impone el CSD.

A efectos de subsanar el error en el Artículo 15 del Reglamento Electoral 2016, en cuanto al número asignado al Estamento de Deportistas, para poder tener acceso a la Circunscripción Autonomica, según nos indica el CSD, hemos de ampliar el número de los mismos, pasando de 21 Deportistas a 27 Deportistas y de 6 Deportistas DAN a 9 Deportistas DAN, con lo cual el número de Deportistas pasaría a ser 36. Debido al incremento del número de Deportistas, el número de Asambleístas se eleva a 111, más el Presidente. Por otro lado, también habría que modificar el Anexo I del mismo reglamento.

Adjuntamos como documentación el artículo 15, antes de modificación, el Anexo I antes de modificación y como quedaría el artículo 15 del Reglamento Electoral y su Anexo I Modificados en el nuevo reglamento Electoral que se os adjunta (con los cambios en verde).

Si en el plazo de 5 días, no recibimos notificación alguna en contra a la modificación, esta se dará por aprobada.

Muchas gracias

Saludos