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Finalizó el largo proceso electoral con más de lo mismo.

La votación telemática dejó a dos compromisarios sin poder ejercer su voto

A pesar de indicarse en el acta nº 24/2021 de 1 de marzo de 2021 y en el acta nº 25 bis de fecha 5 de marzo de 2021 el siguiente texto: “Esta Junta Electoral estará observando la aplicación escrupulosa del Reglamento electoral durante la sesión de la Asamblea General, pudiendo resolver de modo inmediato las consultas que procedan de modo telemático, conforma al artículo 46.c) del Reglamento”; pues bien a pesar de que el artículo 46.c) del Reglamento, obliga a lo siguiente: “Durante la votación deberá estar presente, al menos, un miembro de la Junta Electoral” . Durante la misma no estuvo presente ningún miembro de la Junta Electoral

El acta de la Mesa Electoral de la Asamblea General de la RFEV para la elección de Presidente y Miembros de la Comisión Delegada recoge esta incidencia: “El deportista Luis Mas se identifica sin DNI, a lo que Julia Casanueva le reconoce a través del Video. La mesa da el visto bueno, y el interventor Mateo Castellá hace constar su duda al respecto”.

Lo que dice esta nota del acta de la Asamblea General de la RFEV para la elección de Presidente y Miembros de la Comisión Delegada, no es de recibo en nuestro pais, siendo más bien propio de una país bananero, en el que se vota sin en DNI, aquí parece ser que se podría haber hecho con solo el reconocimiento de Julia Casanueva a través del Video sin contar con el DNI.

La citada acta también recoge lo siguiente: “Están asistidos por la Junta Electoral en pleno”, cuando la realidad es que allí no estaba ni el que al menos obliga a que este presente el art.46.c) del Reglamento.

¿Porque no se consultó este hecho a la Junta Electoral, que el acta dice que la Mesa esta asistida por la Junta electoral en Pleno?

La pregunta es ¿Dónde estaba la Junta Electoral que estará observando la escrupulosa aplicación del Reglamento Electoral?, que por cierto obliga a identificarse con el DNI.

En la RFEV cosas veredas amigo Sancho.

¿Será esta la nueva transparencia de la federación? Aunque más bien, con respecto a la transparencia parece que será más de lo mismo; cuestión en la que la anterior directiva no se caracterizó por ella, sino, que lo hizo por todo lo contrario.

Parecer ser que a esta Junta Electoral las indicaciones del Reglamento no la afectaban, como ha sucedido con la falta de publicación de los recursos que ha recibido durante el proceso, los que el art. 59 del Reglamento obliga a dar publicidad a sus resoluciones en la página del proceso electoral.

En fin, finalmente se vio que las promesas, como las palabras de alguno de los compromisarios son de escasa validez, y que las prebendas mueven montañas.

Esperemos que ahora el Presidente aclare todas las dudas que se han planteado durante el proceso.

J .F.M.J.O.