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CASANUEVA NO CUMPLE CON LOS ESTATUTOS DE LA RFEV PARA SER PRESIDENTA - ARTICULO PUBLICADO POR ABC.ES/VELA EL DÍA 11 11 2015

Articulo publicado por abc.es/vela el 11 11 2015.

http://www.abc.es/vela/noticia/casanueva-no-cumple-con-los-estatutos-de-la-rfev-para-ser-presidenta/

 

 

Casanueva no cumple con los estatutos de la RFEV para ser presidenta

 

La Dirección General de Deportes del Gobierno de Cantabria no ha recibido su dimisión como presidenta de la cántabra

 

PEDRO SARDINA / MADRID
11/11/2015 - 23:13 H.

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Con los estatutos de la Real Federación Española de Vela en la mano, Julia Casanueva está inhabilitada para ser presidenta de dicha federación. Entre las incompatibilidades para ostentar dicho cargo figura el no poder ejercer otro cargo de similares características al frente de otra federación autonómica, y Casanueva, a día de hoy, sigue siendo presidenta de la Federación Cántabra de Vela, según manifiesta la Dirección General de Deportes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria.

 

El paripé de entregar la carta de dimisión en la asamblea de la moción de censura del 6 de octubre, en la que el ex presidente José Ángel Rodríguez fue derrocado del cargo por la Casanueva, no ha tenido ningún efecto legal ni jurídico, puesto que la dimisión debió presentarla ante la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno. Así lo manifiesta la Dirección General de Deportes cántabra en un escrito dirigido a la presidenta de la Federación Cántabra de Vela (FCV), Julia Casanueva, con fecha 21 de octubre y recibido en dicha FCV el pasado 28 de octubre.

 

La respuesta del Gobierno de Cantabria obedece al comunicado de convocatoria de elecciones en la federación cántabra hecho llegar a la Dirección de Deportes el 20 de octubre. La respuesta no deja lugar a dudas: “Le informamos que aún no se ha recibido comunicación de la dimisión de la presidenta, ni de la relación de los componentes de la Comisión Gestora que deberá convocar el proceso electoral a la elección del presidente en el plazo no superior a 15 días naturales, de forma que la celebración de la correspondiente Asamblea General Extraordinaria de elección se celebre en el plazo máximo de 45 días (…). Por último, le recordamos que cualquier procedimiento electoral iniciado o llevado a cabo sin la ratificación de la convocatoria por el consejero de Educación, Cultura y Deporte será nulo de pleno derecho, de acuerdo con la orden EDC/13/2012, de 8 de marzo”. Y lo firma la directora general de Deportes, Zara Ursuguia.

 

¿Cómo se traduce todo esto? En que todas las medidas que haya adoptado Casanueva al frente de la RFEV son igualmente nulas de pleno derecho. Las readmisiones de Roi Alonso o de Tony Ripoll o el despido de Jane Abascal al frente del CEAR han sido realizadas sin estar ratificado su nombramiento por las autoridades deportivas. Más cuando la asamblea de la moción de censura está impugnada por el ex presidente Rodríguez Santos ante el TAD y pendiente de resolución, con la intención de que en caso desfavorable recurrirá por la vía contencioso administrativa.

 

Cuando en el mes de septiembre la Junta de la RFEV rechazó la solicitud de moción de censura, una de la razones era la incompatibilidad de Casanueva para aspirar al cargo si antes no renunciaba a la presidencia de la Cántabra. Razón que no fue avalada por el TAD pero que ahora se ha demostrado válida. Un embrollo jurídico que habrá que solucionar vulnerando los estatutos de la RFEV, en estos momentos en un limbo jurídico provocado por quien decía venir a poner orden. Si las cuentas dice el CSD que están inmaculadas y los desbarajustes legales datan desde el 6 de octubre de 2015, alguien tendrá que explicar todo este entuerto. De momento el TAD ya ha recibido la pertinente denuncia y deberá pronunciarse al respecto.