Portada ›› Blogs ›› La Vela por Chiqui

Articulo publicado en abc.es/deportes el 10 03 2017

 

 

http://www.abc.es/deportes/vela/equipo-olimpico/abci-casanueva-promete-ayudas-economicas-clubes-organicen-pruebas-estrategicas-201703101345_noticia.html

 

 

Casanueva promete ayudas económicas a los clubes que organicen pruebas estratégicas

 

La Federación hará frente a los gastos de desplazamiento y a las dietas de los jueces y comités en las Copas y los Campeonatos de España

 

CASANUEVA-kwzG--420x236@abc

 

 

ABC_N Santander10/03/2017 13:45h - Actualizado: 10/03/2017 13:45h.Guardado en: Actualidad Equipo olímpico

 

La candidatura de Julia Casanueva a la Real Federación Española de Vela recorrerá distintos puntos de la geografía española a lo largo del mes de marzo, hasta las elecciones del día 25, para dar a conocer los detalles de su programa electoral a los clubes y asambleístas de las diferentes comunidades autónomas.

 

Casanueva formalizó su candidatura con 68 avales, más de la mitad de la asamblea de la RFEV, formada por 116 miembros. “La mayoría de los asambleístas con derecho a voto -explica la aspirante a revalidar la presidencia- conocen las líneas maestras de nuestro proyecto, pero hemos decidido iniciar una ronda de contactos para conocer sus inquietudes y explicar la letra pequeña del programa, ya que tenemos un plan con actuaciones muy concretas para mejorar la gestión federativa”.

 

Casanueva reveló que los clubes náuticos que organicen Copas y Campeonatos de España de clases estratégicas recibirán ayudas de la RFEV, que asumirá los costes de desplazamiento y de las dietas de los comités de regatas y los jueces. “Con esta medida, que se podrá presupuestar gracias a la contención del gasto de gestión de la institución implantado desde noviembre de 2015, pretendemos incentivar la participación de más clubes en la organización de competiciones de alto nivel”.

 

 

Cabe tener en cuenta, según Casanueva, que la RFEV destinará “más dinero que nunca” al deporte, porque gastará menos en la estructura federativa.

 

“La economía es la piedra angular de cualquier proyecto. Como ya hemos dicho, mejoraremos los ingresos y gestionaremos la RFEV con el máximo rigor para aumentar los fondos para el deporte. Esta es nuestra función principal y en ella debemos concentrar nuestros esfuerzos”, añade.

 

TEMAS

Articulo publicado en masmar.com el 10 03 2017.

 

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Julia-Casanueva-Apoyo-econ%C3%B3mico-a-los-clubes-en-pruebas-nacionales

 

Julia Casanueva: Apoyo económico a los clubes en pruebas nacionales

 

10 marzo 2017 12:44:54

 

Los clubes que organicen pruebas nacionales de clases estratégicas recibirán ayudas económicas de la RFEV
Julia Casanueva revela que la federación hará frente a los gastos de desplazamiento y a las dietas de los jueces y comités en las copas y los campeonatos de España

 

Santander, 10 de marzo de 2017.- La candidatura de Julia Casanueva a la Real Federación Española de Vela recorrerá distintos puntos de la geografía española a lo largo del mes de marzo, hasta las elecciones del día 25, para dar a conocer los detalles de su programa electoral a los clubes y asambleístas de las diferentes comunidades autónomas.

Casanueva formalizó su candidatura con 68 avales, más de la mitad de la asamblea de la RFEV, formada por 116 miembros. “La mayoría de los asambleístas con derecho a voto -explica la aspirante a revalidar la presidencia- conocen las líneas maestras de nuestro proyecto, pero hemos decidido iniciar una ronda de contactos para conocer sus inquietudes y explicar la letra pequeña del programa, ya que tenemos un plan con actuaciones muy concretas para mejorar la gestión federativa”.

Casanueva reveló que los clubes náuticos que organicen Copas y Campeonatos de España de clases estratégicas recibirán ayudas de la RFEV, que asumirá los costes de desplazamiento y de las dietas de los comités de regatas y los jueces. “Con esta medida, que se podrá presupuestar gracias a la contención del gasto de gestión de la institución implantado desde noviembre de 2015, pretendemos incentivar la participación de más clubes en la organización de competiciones de alto nivel”.

Cabe tener en cuenta, según Casanueva, que la RFEV destinará “más dinero que nunca” al deporte, porque gastará menos en la estructura federativa.

“La economía es la piedra angular de cualquier proyecto. Como ya hemos dicho, mejoraremos los ingresos y gestionaremos la RFEV con el máximo rigor para aumentar los fondos para el deporte. Esta es nuestra función principal y en ella debemos concentrar nuestros esfuerzos”, añade.

Articulo rectificado del abc.es/deportes el dia 15 03 2017

http://www.abc.es/deportes/vela/equipo-olimpico/abci-desestima-denuncia-garcia-soto-sobre-candidatura-julia-casanueva-201703112016_noticia.html

Desestimada la denuncia de García Soto sobre la Candidatura de Julia Casanueva

No observa ningún tipo de incumplimiento de la normativa electoral

ABC_N Madrid11/03/2017 20:16h - Actualizado: 13/03/2017 19:51h.Guardado en: Actualidad Equipo olímpicoMediante convocatoria al efecto, se reúnen vía correo electrónico los miembros de la Junta Electoral RFEV que al margen se expresan, al objeto de estudiar la denuncia presentada por el Sr. García de Soto contra la candidatura a la Presidencia de la RFEV presentada por Dª Julia Casanueva San Emeterio.

Fundamenta su denuncia en Sr. García de Soto en la serie de presuntas manifestaciones atribuidas por el denunciante a la Sra. Casanueva.

Asistentes: Carolina López Chaves (Presidenta), Alfredo Platas Palacios (Secretario) y Enrique Arnaldo Benzo (Vocal). Asiste el Asesor Jurídico de la RFEV Antonio Candela Domingo.

PUBLICIDADinRead invented by Teads

Resolución:

Ante la reclamación interpuesta por José F. García de Soto y de la Roza el pasado día 4 de marzo, respecto a la candidata a la Presidencia de la RFEV presentada por la Sra. Casanueva, dado que según el recurrente ha incumplido la normativa electoral, ya que en el mes de enero ha remitido un programa electoral en catalán, e igualmente, realizó manifestaciones en favor de la concesión de un Centro de Alto Rendimiento en Canarias, esta Junta Electoral, en base a los siguientes:

1. El reclamante no acredita nada de lo expuesto respecto a que la anterior Presidenta de la Comisión Gestora, Sra. Casanueva, haya incumplido la normativa electoral, ya que en el mes de enero se supone que remitió un programa electoral en catalán e igualmente, realizó manifestaciones en favor de la concesión de un Centro de alto Rendimiento en Canarias.

2. Esta Junta Electoral ya ha informado en contra del reclamante por un supuesto similar contra la Sra. Casanueva en el Exp. nº 40/2017 TAD, así como contra la resolución adoptada en Resolución nº 29 de esta Junta Electoral.

3. En cuanto a sus manifestaciones en Canarias, ya en el expediente nº 40/2017 TAD se indica que la interesada alegaba que simplemente había apoyado una iniciativa importante para el mundo de la vela, toda vez que se le preguntó su opinión sobre la solicitud de la Federación Canaria para la creación de un Centro de Tecnificación y Alto Rendimiento ante el Gobierno Canario o el Insular; y no pudo menos que mostrar su apoyo a que Canarias también cuente con un centro de dichas características como tienen en otros puntos de la geografía española un Centro de Alto rendimiento.

4. Por otra parte, en cuanto al presunto programa electoral en catalán, el documento adjunto a la denuncia está fechado el 27 de febrero de 2016, con lo que, una de dos: o es anterior al proceso electoral, o bien es posterior a la fecha en que la Sra. Casanueva ha presentado su dimisión como miembro de la Comisión Gestora.

5. No queda acreditado en modo alguno que dicho documento sea oficial y que haya sido divulgado por la Sra. Casanueva en el período que indica el reclamante: ni el escrito está firmado por ella ni aporta prueba de ningún tipo sobre su divulgación. La reclamada además, así lo ha manifestado anteriormente con absoluta claridad.

6. El recurrente ha interpuesto otras reclamaciones iguales, sobre los mismos hechos, en incontables ocasiones, todas en el mismo sentido, y todas desestimadas, no aportando su actual reclamación ningún hecho ni documento nuevo que pueda modificar las resoluciones anteriores.

7. No se acredita por tanto incumplimiento alguno del Reglamento Electoral ni de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, puesto que en ningún caso se ha acreditado que se hayan efectuado actos que condicionen el sentido de voto de los electores durante su mandato en la Comisión Gestora.

Por todo lo expuesto, la Junta Electoral ACUERDA DESESTIMAR la denuncia presentada por el Sr. García de Soto contra la candidatura a la Presidencia RFEV presentada por la Sra. Casanueva, al no observar ningún tipo de incumplimiento de la normativa electoral.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión mantenida vía correo electrónico del día 7 de marzo de 2017.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo de dos días hábiles, tal y como establece la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.

Dicho recurso (art. 24.2 de la Orden referida) dirigido al Tribunal Administrativo del Deporte deberá presentarse en esta Junta Electoral (en la sede física RFEV o electrónica de la Secretaría de esta Junta Electoral, elecciones@rfev.es)

Mail enviado a Deportes@abc. el

solicitud de rectificación de la noticia que se publica sobre mi

Para

  • Cuerpo del mensaje

Sr DirectorDeportes/abcMuy Sr. mio:Con relación a la noticia que publica hoy ese digital sobre la resolucion del TAD a mi recurso sobre la Sra. Casanueva, esta es incorrecta. En su afan de tergiversar la cosas por parte de la Sra Candidata y su equipo, lo que les han enviado y ese digitale ha publicado como bueno no es la resolución del TAD, sino que, como se puede ver en el documento, lo publicado es la resolución de la Junta electoral ami impugnacion , en la que por cierto, la resolución esta dictada antes de la exposición de los hechos y sin una motivación suficiente, tal y como puede verse en la resolución que la Junta electoral hace a mi impugnacion a la candidatura de la Sra. Casanueva y que esta publicada en el enlace de la RFEV http://www.rfev.es/uploaded_files/RESOLUCION%2032-JE.pdf_1407_es.pdf, en la que se fundamenta el acta nº 15 de a Junta electoral, que es lo que han publicado Uds, lo que nada tiene que ver con la resolucion del TAD que ese digital ha publicado en su enlace El TAD desestima la denuncia de García Soto sobre la Candidatura de Julia Casanueva, por lo que les ruego se haga la correspondiente rectificación en su digital.a la espera de sus noticias, rogándoles que contrasten lo que se les remite antes de publicarloatentamenteFdo,: Jose Francisco Garica de Soto y de la Roza

Articulo publicado en abc.es/deportes el 11 03 20177

 

 

 

http://www.abc.es/deportes/vela/equipo-olimpico/abci-desestima-denuncia-garcia-soto-sobre-candidatura-julia-casanueva-201703112016_noticia.html

 

Elecciones a la Presidencia RFEV

 

El TAD desestima la denuncia de García Soto sobre la Candidatura de Julia Casanueva

 

No observa ningún tipo de incumplimiento de la normativa electoral

 

 

JULIA-kjQC--620x349@abc

 

ABC_N Madrid11/03/2017 20:16h - Actualizado: 11/03/2017 20:16h.Guardado en: Actualidad Equipo olímpico

 

Mediante convocatoria al efecto, se reúnen vía correo electrónico los miembros de la Junta Electoral RFEV que al margen se expresan, al objeto de estudiar la denuncia presentada por el Sr. García de Soto contra la candidatura a la Presidencia de la RFEV presentada por Dª Julia Casanueva San Emeterio.

 

Fundamenta su denuncia en Sr. García de Soto en la serie de presuntas manifestaciones atribuidas por el denunciante a la Sra. Casanueva.

 

Asistentes: Carolina López Chaves (Presidenta), Alfredo Platas Palacios (Secretario) y Enrique Arnaldo Benzo (Vocal). Asiste el Asesor Jurídico de la RFEV Antonio Candela Domingo.

 

Resolución:

 

Ante la reclamación interpuesta por José F. García de Soto y de la Roza el pasado día 4 de marzo, respecto a la candidata a la Presidencia de la RFEV presentada por la Sra. Casanueva, dado que según el recurrente ha incumplido la normativa electoral, ya que en el mes de enero ha remitido un programa electoral en catalán, e igualmente, realizó manifestaciones en favor de la concesión de un Centro de Alto Rendimiento en Canarias, esta Junta Electoral, en base a los siguientes:

 

1. El reclamante no acredita nada de lo expuesto respecto a que la anterior Presidenta de la Comisión Gestora, Sra. Casanueva, haya incumplido la normativa electoral, ya que en el mes de enero se supone que remitió un programa electoral en catalán e igualmente, realizó manifestaciones en favor de la concesión de un Centro de alto Rendimiento en Canarias.

 

2. Esta Junta Electoral ya ha informado en contra del reclamante por un supuesto similar contra la Sra. Casanueva en el Exp. nº 40/2017 TAD, así como contra la resolución adoptada en Resolución nº 29 de esta Junta Electoral.

 

3. En cuanto a sus manifestaciones en Canarias, ya en el expediente nº 40/2017 TAD se indica que la interesada alegaba que simplemente había apoyado una iniciativa importante para el mundo de la vela, toda vez que se le preguntó su opinión sobre la solicitud de la Federación Canaria para la creación de un Centro de Tecnificación y Alto Rendimiento ante el Gobierno Canario o el Insular; y no pudo menos que mostrar su apoyo a que Canarias también cuente con un centro de dichas características como tienen en otros puntos de la geografía española un Centro de Alto rendimiento.

 

4. Por otra parte, en cuanto al presunto programa electoral en catalán, el documento adjunto a la denuncia está fechado el 27 de febrero de 2016, con lo que, una de dos: o es anterior al proceso electoral, o bien es posterior a la fecha en que la Sra. Casanueva ha presentado su dimisión como miembro de la Comisión Gestora.

 

5. No queda acreditado en modo alguno que dicho documento sea oficial y que haya sido divulgado por la Sra. Casanueva en el período que indica el reclamante: ni el escrito está firmado por ella ni aporta prueba de ningún tipo sobre su divulgación. La reclamada además, así lo ha manifestado anteriormente con absoluta claridad.

 

6. El recurrente ha interpuesto otras reclamaciones iguales, sobre los mismos hechos, en incontables ocasiones, todas en el mismo sentido, y todas desestimadas, no aportando su actual reclamación ningún hecho ni documento nuevo que pueda modificar las resoluciones anteriores.

 

7. No se acredita por tanto incumplimiento alguno del Reglamento Electoral ni de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, puesto que en ningún caso se ha acreditado que se hayan efectuado actos que condicionen el sentido de voto de los electores durante su mandato en la Comisión Gestora.

 

Por todo lo expuesto, la Junta Electoral ACUERDA DESESTIMAR la denuncia presentada por el Sr. García de Soto contra la candidatura a la Presidencia RFEV presentada por la Sra. Casanueva, al no observar ningún tipo de incumplimiento de la normativa electoral.

 

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión mantenida vía correo electrónico del día 7 de marzo de 2017.

 

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo de dos días hábiles, tal y como establece la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.

 

Dicho recurso (art. 24.2 de la Orden referida) dirigido al Tribunal Administrativo del Deporte deberá presentarse en esta Junta Electoral (en la sede física RFEV o electrónica de la Secretaría de esta Junta Electoral, elecciones@rfev.es).

Articulo publicado en masmar.com el 10 03 2017

 

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Las-%E2%80%9Cperlas%E2%80%9D-del-Comit%C3%A9-de-Disciplina-de-la-RFEV-en-%E2%80%9Cdefensa%E2%80%9D-de-la-Junta-Directiva-y-a-la-Comisi%C3%B3n-Gestora

 

Las “perlas” del Comité de Disciplina de la RFEV en “defensa” de la Junta Directiva y de la Comisión Gestora

 

10 marzo 2017 19:25:14

 

El Comité de Disciplina de la RFEV es al que el Código de Buen Gobierno le concede la responsabilidad velar por el fiel cumplimiento de las normas establecidas.
En principio cuando este Comité recibe un recurso, este le debe resolver en base a la normativa vigente, pero… en lo que argumenta, no es oro todo lo que reluce.

 

Como prueba del algodón de cómo vela este Comité por el fiel cumplimiento de las normas, voy a transcribir alguno de los textos con los que ampara sus resoluciones, que son autenticas perlas. A partir de ahí, que cada un saque sus conclusiones.
Esto es lo que argumenta el Comité de Disciplina para defender el incumplimiento de la Directica de los articulo 33,2, 33.bis y 35 quarter de la RFEV, los que los primeros obligan a la RFEV a publicar en el WEB las resoluciones del Comité de Disciplina y del Comité de Apelaciones, y el tercero a tener un Comité e Auditorias.
A pesar de ello, ni las resoluciones del Comités de Disciplina se han publicado, como tampoco se ha hecho con las del de Apelaciones, ni a día de hoy existe en la RFEV el obligado comité de Auditorias, lo que supone un incumplimiento de los estatutos, lo que la Ley del Deporte (art 76.2,a)) los Estatutos de la RFEV (art 74.2,a) ) y el Reglamento de Disciplina de la RFEV (art 13,a)) tipifican como falta disciplinaria especifica muy grave del Presidente, y de la Junta Directiva, sin embargo para justificar lo injustificable, el Comité de Disciplina “larga” estas “perlas” con las que argumenta el Comité a los incumplidores:

“Dicha Acta, al igual que la n22/2017 hemos comprobado que no han podido ser notificadas dentro del plazo estipulado de diez días hábiles por parte del personal de la Federación debido a la alta carga de trabajo derivada del actual proceso electoral”

“Este Comité ha solicitado que en el día de hoy sean notificadas dichas Actas,
por lo que expresamos nuestras disculpas”.
.
“La amplia densidad de resoluciones emitidas en los últimos meses, junto con el proceso electoral no ha permitido ejecutar dicha publicación, que se efectuará en el plazo más breve que sea factible”.

“La publicación no se ha efectuado todavía, y justamente este Comité así lo solicitó a la asesoría jurídica de la Federación, “

“El Comité de Auditorías creado por los nuevos Estatutos, no puede nombrarse al no existir Junta Directiva y Comisión Delegada, ya que la efectiva aplicación de dicho nuevo Comité ha coincidido con el período estival dentro de las competiciones olímpicas y paralímpicas e inmediatamente después se ha producido la convocatoria electoral”

“Pero la RFEV ha dispuesto de un amplio estudio económico para controlar sus actuaciones anteriores y presentes, el cual ha sido presentado a la Asamblea General y al CSD”

“También se manifiesta que en concreto nuestros Estatutos se aprobaron por el CSD el 14 de junio de 2016, habiendo sido notificado dicho acuerdo efectivo el 20 de junio (habiendo sido publicados en el BOE nº 263/2016 de 31 de octubre), fechas estas coincidentes con la competición olímpica, inicialmente, y tras su publicación en el BOE, con el inicio de la convocatoria electoral”

“La amplia densidad de resoluciones emitidas en los últimos meses, junto con el proceso electoral no ha permitido ejecutar dicha publicación”

“No es una infracción disciplinaria en ningún caso este problema de comunicación, que este propio Comité tratará de focalizar para mejorar en un plazo rápido.”

“En cuanto al Comité, la Comisión Gestora de la RFEV es la única que ahora mismo puede adoptar decisiones de trámite a nivel económico, por lo que sus funciones no son aplicables y además no era posible su nombramiento. Por el”

“B) Lo expuesto como infracciones disciplinarias, por tanto, no es de aplicación.·

“Entendemos que:
• La no publicación es un mero error formal, fruto de la imposibilidad temporal que por parte de la administración de la RFEV ya se tiene en cuanta para subsanarlo en breve plazo”

“El Comité de Auditorías actuará en cuanto finalice el proceso electoral y los nuevos órganos de gobierno puedan nombrado.”

“arto 13.a no ha sido incumplido, puesto que las personas denunciadas han solicitado la publicación y han comprendido los problemas actuales, así comolno han podido instar al nombramiento del Comité de Auditorías”.

“1º} Desestimar la Reclamación presentada”

“2) Instar al Departamento de comunicación de la RFEV y a la Asesoría Jurídica para que se publiquen las resoluciones aludidas”.

Con relación a la actuación de la Comisión Gestora, en su irresponsable e ilegal modificación del Calendario Oficial de regatas del 2017, el Comité de Disciplina ante la irregular tramitación de la solicitud de la Copa del Mundo 2017 de la World Sailing y su más que ilegal modificación del Calendario Oficial de regatas 2017 realizado por casi todos los miembros de la Comisión Gestora en el mes de diciembre ha evacua esta “perlas”

“Siendo cierto que el plazo máximo de solicitud no se ha respetado por parte del club, ello es una responsabilidad de dicho club puramente formal y que no afecta al fondo del asunto”

“siguiendo el principio "pro competitione" la Comisión Gestora y este Comité de Disciplina pueden dar por subsanado en pro de que pueda existir en España una competición deportiva”

“Es el órgano que actualmente gestiona la Federación, su Comisión Gestora, quien tiene asignada
dicha competencia y que ha actuado debidamente (en contra de lo afirmado por el recurrente)”

“Es el órgano que posee las competencias de funcionamiento ordinario de la RFEV (la Comisión Gestora) la que administrando y gestionando la Federación, adopta la modificación del Calendario, dado que la Asamblea General en la actualidad no existe: es algo de puro sentido común”


“Todo ello lo ha hecho la Comisión Gestora en virtud del arto 4.2 del Reglamento Electoral de la RFEV que dispone que:
La Comisión Gestora será el órgano encargado de administrar y gestionar la Federación durante el proceso electoral. No podrá realizar actos que directa o Indirectamente, mediato o inmediatamente, induzcan o condicionen el sentido de voto de los electores y deberán observar los principios de objetividad, transparencia del proceso electoral e igualdad entre los actores electorales."

“Los Estatutos y Normas de Competición de la RFEV y el Reglamento Electoral marcan lo explicitado anteriormente, mientras que el Código de Buen Gobierno tampoco se ha incumplido”.

“lo expuesto como infracciones disciplinarias, por tanto y siguiendo en nuestro punto anterior, no es de aplicación.”

Ni Salomón en toda su gloria proporciono “perlas” como estas en sus resoluciones.

J.F.M.J.O..

Articulo publicado en masamr.com el 10 03 2017

 

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Julia-Casanueva-Apoyo-econ%C3%B3mico-a-los-clubes-en-pruebas-nacionales

 

Julia Casanueva: Apoyo económico a los clubes en pruebas nacionales

 

10 marzo 2017 12:44:54

 

Los clubes que organicen pruebas nacionales de clases estratégicas recibirán ayudas económicas de la RFEV
Julia Casanueva revela que la federación hará frente a los gastos de desplazamiento y a las dietas de los jueces y comités en las copas y los campeonatos de España

 

Santander, 10 de marzo de 2017.- La candidatura de Julia Casanueva a la Real Federación Española de Vela recorrerá distintos puntos de la geografía española a lo largo del mes de marzo, hasta las elecciones del día 25, para dar a conocer los detalles de su programa electoral a los clubes y asambleístas de las diferentes comunidades autónomas.

Casanueva formalizó su candidatura con 68 avales, más de la mitad de la asamblea de la RFEV, formada por 116 miembros. “La mayoría de los asambleístas con derecho a voto -explica la aspirante a revalidar la presidencia- conocen las líneas maestras de nuestro proyecto, pero hemos decidido iniciar una ronda de contactos para conocer sus inquietudes y explicar la letra pequeña del programa, ya que tenemos un plan con actuaciones muy concretas para mejorar la gestión federativa”.

Casanueva reveló que los clubes náuticos que organicen Copas y Campeonatos de España de clases estratégicas recibirán ayudas de la RFEV, que asumirá los costes de desplazamiento y de las dietas de los comités de regatas y los jueces. “Con esta medida, que se podrá presupuestar gracias a la contención del gasto de gestión de la institución implantado desde noviembre de 2015, pretendemos incentivar la participación de más clubes en la organización de competiciones de alto nivel”.

Cabe tener en cuenta, según Casanueva, que la RFEV destinará “más dinero que nunca” al deporte, porque gastará menos en la estructura federativa.

“La economía es la piedra angular de cualquier proyecto. Como ya hemos dicho, mejoraremos los ingresos y gestionaremos la RFEV con el máximo rigor para aumentar los fondos para el deporte. Esta es nuestra función principal y en ella debemos concentrar nuestros esfuerzos”, añade.

Articulo publicado en iusport.com el 07 03 2017

http://iusport.com/not/32260/impugnan-ante-el-tad-la-candidatura-de-julia-casanueva-a-la-federacion-espanola-de-vela

 

 

Redacción de IUSPORT

 

7 de marzo de 2017

 

Impugnan ante el TAD la candidatura de Julia Casanueva a la Federación Española de Vela

 

 

img_38231

 

 

El regatista Jose Francisco Garcia de Soto ha impugnado ante el TAD la candidatura de Julia Casanueva, que aspira a la relección.

 

Expone en su escrito García de Soto que "el pasado día 4 de marzo presente ante la Junta Electoral de la RFEV una impugnación a la candidatura de Dña. Julia Casanueva San Emeterio, la que a día de hoy, 7 de marzo de 2017, con dejadez de funciones por parte de la J. Electoral de la RFEV, no ha sido resuelta a pasar de lo tenía que haber sido el día 6 de marzo de 2017".

 

"Esta falta de resolución perjudica gravemente mis derechos, impidiéndome impugnar debidamente la resolución que hubiese podido evacuar la Junta Electoral con respecto a mi impugnación a la Candidatura de la Sra. Casanueva, siendo muy grave este incumplimiento del Calendario Electoral, lo que ya ha ocurrido anteriormente y de lo que tiene conocimiento ese TAD".

 

Y añade: "Con el fin de que no se pase el plazo legal para alegar ante el TAD la resolución de la Junta electoral, y no teniendo en mi poder la misma, porque no ha sido resulta mi impugnación con grave perjuicio en mis derechos, presento ante es TAD el recurso que presente ante la Junta Electoral cuya copia adjunto a este escrito, y que esta no ha resuelto en fecha, ratificándome completamente en él".

 

Termina solicitando al TAD que "en base a los hechos denunciados en la impugnación, que constituyen un incumplimiento del Reglamento electora, y por ello una falta muy grave de disciplina deportiva, que puede llevara a la inhabilitación de la candidata, ya que lo realizado por ella en los hechos denunciados influyen en el proceso electoral, viciándole completamente, lo que podría dar lugar a la anulación del mismo por ese TAD, solicitando la nulidad de la candidatura de la Sra. Julia Casanueva San Emeterio a la presidencia de la RFEV al no haber cumpldo el art 4.2 del R. Electoral que es clarisimo en cuanto lo que no pueden hacer los miembros de la Comisión Gestora, y que la Sra Casanueva a incumplido flagrantemente en repetidas ocasiones mientras ejercía el cargo de presidenta de la misma".

 

LA RECLAMACIÓN ANTERIOR ANTE LA JUNTA ELECTORAL FEDERATIVA

 

 

"A LA JUNTA ELECTORAL DE LA RFEV

 

 

José Francisco García de Soto y de la Roza, miembro de la RFEV, con el DNI ....., correo electrónico .... y dentro del plazo concedido para ello, presento impugnación a la candidatura a Presidente de la RFEV de la Sra. Julia Casanueva San Emeterio en base a las siguientes cuestiones,

 

 

La Sra. Casanueva ha sido la Presidente de la Comisión Gestora desde la convocatoria del proceso electoral el pasado 3 de noviembre hasta la presentación de su renuncia a la Comisión Gestora realizada el 14 de febrero de 2017.

 

 

Durante este tiempo la Sra. Casanueva ha realizado actos que directa o indirectamente, mediata o inmediatamente inducen o condicionan el sentido del voto de los electores, no observando con ellos los principios de objetividad, y transparencia del proceso electoral y la igualdad entre los actores electorales.

 

 

Los hechos realizados por la Sra. Casanueva que condicionan o inducen el sentido del voto de los electores son los siguientes, mientras ha sido Presidente de la Comisión Gestora ha sido los siguientes:

 

 

El noviembre de 2016 en pleno desempeño de su presidencia de la Gestora, la RFEV recibe y la Sra Casnueva comienza la tramitacion de la petición que fuera de plazo e incumpliendo toda la normativa de la RFEV sobre perdición de solicitudes de eventos, hace el RCMS ante la RFEV el 23 de noviembre de 2016, no solamente hace eso la Sra. Casanueva, sino que por medio de la Comisión Gestora que preside, pretende suplir a la Comisión Delegada, para incluir este evento en el Calendario Oficial de Regatas que acababa de ser aprobado por la Asamblea el día 23 de Octubre de 2016 y en el que no aparecía. Con esta acción la Presidenta de la Gestora estaba haciendo un acto que inducia el sentido del Voto a los asambleístas de Santander y Cantabria. Toda la documentación sobre este tema consta en los archivos de la RFEV, con lo que esa Junta Electoral solo tiene que examinarlos.

 

 

En su desplazamiento a la Semana Olímpica de Las Palmas, en el mes de diciembre, la Sra. Casanueva siendo la Presidente de la Comisión Gestora acudió a la misma, y sin venir a cuento en aquel desplazamiento, cuyo fin era estar presente en el evento representando a la RFEV, la Sra. Casanueva, el dia 4 de diciembre concedió una entrevista a la agencia EFE de la que la se hace eco la prensa de Las Palmas y la nacional. En ella, la Sra. Casanueva hace unas declaraciones en las que alaba su gestión al frente de la RFEV y da o su apoyo a la creación en Las Palmas de un centro de Alto Rendimiento, que es una de las máximas aspiraciones de la Vela Canaria:

 

 

Adjunto a este escrito enlaces de algunos de los medios que dieron traslado de las declaraciones de a Sr. Casanueva:

 

 

http://www.efe.com/efe/espana/destacada/julia-casanueva-la-rfev-apoya-un-centro-de-alto-rendimiento-en-canarias/10011-3115848

 

 

http://eldia.es/agencias/8984562-VELA-Entrevista-Julia-Casanueva-RFEV-apoya-Centro-Alto-

 

Rendimiento-Canarias

 

 

http://www.eldiario.es/canariasahoraDeportes/ deportas_nauticos/Casanueva-RFEV-Centro-

 

Rendimiento-Canarias 0 587241547.html

 

 

Con estas declaraciones realizadas a la Agencia EFE, la Presidenta de la Comisión Gestora, realiza un acto electoral en toda regla, en la que destaca de forma implícita sus éxitos federativos, comprometiéndose de forma expresa y voluntaria con el apoyo al Centro de Alto rendimiento en al Club Canario, lo que es una de las pretensiones del mismo y de toda la Vela Canaria, incumpliendo con ello el artículo 4.2 del Reglamento Electoral al pretender la Sra. Casanueva con la entrevista dada a EFE hacer su campaña electoral aprovechando su viaje a Canarias a cuenta de los fondos federativos, y con la entrevista concedida a EFE induce de manera mediata, directa ( o indirectamente) el Voto a favor de la persona que realiza las misma, en este caso los electores Canarios, ya que en la entrevista se ha comprometido con lo que apoya, siendo esto un claro incumplimiento de la normativa de la ECD/2764/2015, de 18 de diciembre por la que se regulan los proceso electoral de las FFEE , y del Reglamento electoral de la RFEV. Acompañando a este escrito la entrevista completa realizada por la Presidenta de la Gestora a la agencia EFE el día 4 de diciembre de 2016 como doc. nº 1.

 

 

Durante el pasado mes de enero de 2017, siendo la Sra. Casanueva presidente de la Comisión Gestora, apareció un programa electoral redactado en Catalán que llevaba su nombre y apellidos , en el encabezamiento y en al final de documento, que adjunto a este escrito como doc. nº 2. Asunto este del que se hizo eco la prensa especializad el dia 1 de febrero de 2017 (http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/La-Sra.-Casanueva,-como-Aznar,-habla-el-catal%C3%A1n-en-la-intimidad).

 

 

El artículo 4.2 del reglamento electoral dice: “La Comisión Gestora será el órgano encargado de administrar y gestionar la Federacióndurante el proceso electoral. NO PODRÁ REALIZAR ACTOS QUE DIRECTA O INDIRECTAMENTE, MEDIATA O INMEDIATAMENTE, INDUZCAN O CONDICIONEN EL SENTIDO DEL VOTO DE LOS ELECTORES Y DEBERAN OBSERVAR LOS PRINCIPIOS DE OBJETIVIDAD, TRANSPARENCIA DEL PROCESO ELECTORAL E IGUALDAD ENTRE LOS ACTORES ELECTORALES”

 

 

La redacción de este artículo del R. Electoral no puede ser más clara y concisa sobre lo que no deben hacer los miembros de la Comisión Gestora, y que la Sra. Casanueva ha incumplido reiteradamente

 

 

Siendo en base a estos hechos por lo que impugno a la Sra. Casanueva como candidata a la presidencia de la RFEV.

 

 

En Santander a 4 de Marzo de 2017".

Articulo publicado en iusport.com el 07 03 2017

http://iusport.com/not/32260/impugnan-ante-el-tad-la-candidatura-de-julia-casanueva-a-la-federacion-espanola-de-vela

 

 

Redacción de IUSPORT

 

7 de marzo de 2017

 

Impugnan ante el TAD la candidatura de Julia Casanueva a la Federación Española de Vela

 

 

img_38231

 

 

El regatista Jose Francisco Garcia de Soto ha impugnado ante el TAD la candidatura de Julia Casanueva, que aspira a la relección.

 

Expone en su escrito García de Soto que "el pasado día 4 de marzo presente ante la Junta Electoral de la RFEV una impugnación a la candidatura de Dña. Julia Casanueva San Emeterio, la que a día de hoy, 7 de marzo de 2017, con dejadez de funciones por parte de la J. Electoral de la RFEV, no ha sido resuelta a pasar de lo tenía que haber sido el día 6 de marzo de 2017".

 

"Esta falta de resolución perjudica gravemente mis derechos, impidiéndome impugnar debidamente la resolución que hubiese podido evacuar la Junta Electoral con respecto a mi impugnación a la Candidatura de la Sra. Casanueva, siendo muy grave este incumplimiento del Calendario Electoral, lo que ya ha ocurrido anteriormente y de lo que tiene conocimiento ese TAD".

 

Y añade: "Con el fin de que no se pase el plazo legal para alegar ante el TAD la resolución de la Junta electoral, y no teniendo en mi poder la misma, porque no ha sido resulta mi impugnación con grave perjuicio en mis derechos, presento ante es TAD el recurso que presente ante la Junta Electoral cuya copia adjunto a este escrito, y que esta no ha resuelto en fecha, ratificándome completamente en él".

 

Termina solicitando al TAD que "en base a los hechos denunciados en la impugnación, que constituyen un incumplimiento del Reglamento electora, y por ello una falta muy grave de disciplina deportiva, que puede llevara a la inhabilitación de la candidata, ya que lo realizado por ella en los hechos denunciados influyen en el proceso electoral, viciándole completamente, lo que podría dar lugar a la anulación del mismo por ese TAD, solicitando la nulidad de la candidatura de la Sra. Julia Casanueva San Emeterio a la presidencia de la RFEV al no haber cumpldo el art 4.2 del R. Electoral que es clarisimo en cuanto lo que no pueden hacer los miembros de la Comisión Gestora, y que la Sra Casanueva a incumplido flagrantemente en repetidas ocasiones mientras ejercía el cargo de presidenta de la misma".

 

LA RECLAMACIÓN ANTERIOR ANTE LA JUNTA ELECTORAL FEDERATIVA

 

 

"A LA JUNTA ELECTORAL DE LA RFEV

 

 

José Francisco García de Soto y de la Roza, miembro de la RFEV, con el DNI ....., correo electrónico .... y dentro del plazo concedido para ello, presento impugnación a la candidatura a Presidente de la RFEV de la Sra. Julia Casanueva San Emeterio en base a las siguientes cuestiones,

 

 

La Sra. Casanueva ha sido la Presidente de la Comisión Gestora desde la convocatoria del proceso electoral el pasado 3 de noviembre hasta la presentación de su renuncia a la Comisión Gestora realizada el 14 de febrero de 2017.

 

 

Durante este tiempo la Sra. Casanueva ha realizado actos que directa o indirectamente, mediata o inmediatamente inducen o condicionan el sentido del voto de los electores, no observando con ellos los principios de objetividad, y transparencia del proceso electoral y la igualdad entre los actores electorales.

 

 

Los hechos realizados por la Sra. Casanueva que condicionan o inducen el sentido del voto de los electores son los siguientes, mientras ha sido Presidente de la Comisión Gestora ha sido los siguientes:

 

 

El noviembre de 2016 en pleno desempeño de su presidencia de la Gestora, la RFEV recibe y la Sra Casnueva comienza la tramitacion de la petición que fuera de plazo e incumpliendo toda la normativa de la RFEV sobre perdición de solicitudes de eventos, hace el RCMS ante la RFEV el 23 de noviembre de 2016, no solamente hace eso la Sra. Casanueva, sino que por medio de la Comisión Gestora que preside, pretende suplir a la Comisión Delegada, para incluir este evento en el Calendario Oficial de Regatas que acababa de ser aprobado por la Asamblea el día 23 de Octubre de 2016 y en el que no aparecía. Con esta acción la Presidenta de la Gestora estaba haciendo un acto que inducia el sentido del Voto a los asambleístas de Santander y Cantabria. Toda la documentación sobre este tema consta en los archivos de la RFEV, con lo que esa Junta Electoral solo tiene que examinarlos.

 

 

En su desplazamiento a la Semana Olímpica de Las Palmas, en el mes de diciembre, la Sra. Casanueva siendo la Presidente de la Comisión Gestora acudió a la misma, y sin venir a cuento en aquel desplazamiento, cuyo fin era estar presente en el evento representando a la RFEV, la Sra. Casanueva, el dia 4 de diciembre concedió una entrevista a la agencia EFE de la que la se hace eco la prensa de Las Palmas y la nacional. En ella, la Sra. Casanueva hace unas declaraciones en las que alaba su gestión al frente de la RFEV y da o su apoyo a la creación en Las Palmas de un centro de Alto Rendimiento, que es una de las máximas aspiraciones de la Vela Canaria:

 

 

Adjunto a este escrito enlaces de algunos de los medios que dieron traslado de las declaraciones de a Sr. Casanueva:

 

 

http://www.efe.com/efe/espana/destacada/julia-casanueva-la-rfev-apoya-un-centro-de-alto-rendimiento-en-canarias/10011-3115848

 

 

http://eldia.es/agencias/8984562-VELA-Entrevista-Julia-Casanueva-RFEV-apoya-Centro-Alto-

 

Rendimiento-Canarias

 

 

http://www.eldiario.es/canariasahoraDeportes/ deportas_nauticos/Casanueva-RFEV-Centro-

 

Rendimiento-Canarias 0 587241547.html

 

 

Con estas declaraciones realizadas a la Agencia EFE, la Presidenta de la Comisión Gestora, realiza un acto electoral en toda regla, en la que destaca de forma implícita sus éxitos federativos, comprometiéndose de forma expresa y voluntaria con el apoyo al Centro de Alto rendimiento en al Club Canario, lo que es una de las pretensiones del mismo y de toda la Vela Canaria, incumpliendo con ello el artículo 4.2 del Reglamento Electoral al pretender la Sra. Casanueva con la entrevista dada a EFE hacer su campaña electoral aprovechando su viaje a Canarias a cuenta de los fondos federativos, y con la entrevista concedida a EFE induce de manera mediata, directa ( o indirectamente) el Voto a favor de la persona que realiza las misma, en este caso los electores Canarios, ya que en la entrevista se ha comprometido con lo que apoya, siendo esto un claro incumplimiento de la normativa de la ECD/2764/2015, de 18 de diciembre por la que se regulan los proceso electoral de las FFEE , y del Reglamento electoral de la RFEV. Acompañando a este escrito la entrevista completa realizada por la Presidenta de la Gestora a la agencia EFE el día 4 de diciembre de 2016 como doc. nº 1.

 

 

Durante el pasado mes de enero de 2017, siendo la Sra. Casanueva presidente de la Comisión Gestora, apareció un programa electoral redactado en Catalán que llevaba su nombre y apellidos , en el encabezamiento y en al final de documento, que adjunto a este escrito como doc. nº 2. Asunto este del que se hizo eco la prensa especializad el dia 1 de febrero de 2017 (http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/La-Sra.-Casanueva,-como-Aznar,-habla-el-catal%C3%A1n-en-la-intimidad).

 

 

El artículo 4.2 del reglamento electoral dice: “La Comisión Gestora será el órgano encargado de administrar y gestionar la Federacióndurante el proceso electoral. NO PODRÁ REALIZAR ACTOS QUE DIRECTA O INDIRECTAMENTE, MEDIATA O INMEDIATAMENTE, INDUZCAN O CONDICIONEN EL SENTIDO DEL VOTO DE LOS ELECTORES Y DEBERAN OBSERVAR LOS PRINCIPIOS DE OBJETIVIDAD, TRANSPARENCIA DEL PROCESO ELECTORAL E IGUALDAD ENTRE LOS ACTORES ELECTORALES”

 

 

La redacción de este artículo del R. Electoral no puede ser más clara y concisa sobre lo que no deben hacer los miembros de la Comisión Gestora, y que la Sra. Casanueva ha incumplido reiteradamente

 

 

Siendo en base a estos hechos por lo que impugno a la Sra. Casanueva como candidata a la presidencia de la RFEV.

 

 

En Santander a 4 de Marzo de 2017".

Artiiculo publicado en masmar.com el 04 03 2017

 

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/%C2%BFEst%C3%A1-siendo-limpio-el-proceso-electoral-en-la-RFEV

 

¿Está siendo limpio el proceso electoral en la RFEV?

 

04 marzo 2017 17:18:25

 

Estos hechos que transcribo a continuación, que son los que han trascendido, de las actuaciones que han sido realizadas desde que el 3 de noviembre de 2016 se convocaron las elecciones en la RFEV, por los principales actores ligados con el proceso, los componentes de la Comisión Gestora. Que cada uno saque sus conclusiones.

 

Para ponernos en situación, transcribo lo que el Reglamento Electoral en su artículo 4.2 regulando el funcionamiento de la Comisión Gestora con la siguiente normativa: “ La Comisión Gestora será el órgano encargado de administrar y gestionar la Federación durante el proceso electoral. No podrá realizar actos que directa o indirectamente, mediata o inmediatamente, induzcan o condicionen el sentido de voto de los electores y deberán observar los principios de objetividad, transparencia del proceso electoral e igualdad entre los actores electorales.”

 

Los hechos conocidos y contrastados son los siguientes:

 

A poco de convocarse las elecciones, y sin estar aprobado por la Asamblea General, la entonces Presidenta de la Gestora tramitó la solicitud de la Copa del Mundo 2017 para la Ciudad de Santander, la que había sido solicitado el evento fuera de plazo e incumpliendo todas las normativas de la RFEV sobre la solicitud de eventos. Al tramitar la solicitud, en contra de la normativa, la Presienta de la Comisión Gestora ha hecho un acto que directamente influye en la tendencia del voto de los representantes santanderinos. Posteriormente hizo la presentación del evento en FITUR, lo que supone otro acto electoral encubierto para conseguir el voto de Cantabria.
.
Durante la estancia en Las Palmas el pasado mes de diciembre, la Presidenta de la Gestora prometió la total ayuda de la RFEV al centro de alto rendimiento que pretende conseguir desde hace tiempo la Federación Canaria, lo que fue recogido por la prensa local; siendo este otro acto que directamente influye en la tendencia del voto de los representantes Canarios con derecho al sufragio.

 

En el mes de enero circuló por todo el país un programa electoral de la Sra. Casanueva redactado en catalán, cuando esto sucedió, la Sra. Casanueva era Presidenta de la Comisión Gestora.

 

Con la presentación de las candidaturas a la Asamblea, el Sr Agudo, miembro de la Comisión Gestora presentó su dimisión para presentarse por el Club de Regatas de Valmayor, ta y como consta en el listado provisional de candidatutas a miembros de la asamblea de la RFEV, dimisión que trasmitió a varias personas. Hoy el Sr. Agudo es el Presidente de la Gestora.

 

Tras la celebración de las elecciones a miembros de la Asamblea, el día 13 de febrero el digital ABC.es/deporte, publicó un artículo en el que decía: “Chimo González Devesa lleva dos días llamando a todos los clubes electos y presidentes autonómicos diciendo que han ganado las elecciones y que cuentan con casi todos los clubes náuticos, incluyendo los que desde el principio del proceso electoral decolaron públicamente su apoyo a Jesús Turro”.
En ningún momento el Sr. Devesa ha desmentido esta información dada por el ABC en su articulo.

 

El día 17 de febrero el miembro de la Comisión Gestora, Sr Devesa, remitió un correo electrónico a 77 medios de comunicación enviándoles un comunicado de ayuda a una de las candidaturas.

 

El día 24 de febrero la Junta Electoral de la RFEV, ante las denuncias presentadas por este hecho resuelve admitiendo parcialmente (¿?) la denuncia.

 

Ante el cariz que venían tomando las acciones de la Comisión Gestora, uno de sus miembros, el Presidente de la Federación Gallega, por la falta de contestación a sus demandas, anuncia que se desplazará a Madrid para comprobar “in-situ” los documentos que viene reclamando desde que se formó la Gestora. Ante ese deseo desde la Presidencia se lo contesta de forma completamente poco democrática con esta respuesta:
“Como sabes, nos encontraos en Comisión Gestora, como siempre que se produce un proceso electoral en toda federación deportiva.
Como Presidente de la misma, y responsable de la buena marcha del periodo que atravesamos, me compete liderar este tiempo de transición con la máxima responsabilidad.
Por ello quiero manifestarte que es mi cometido velar por la neutralidad, la objetividad y la transparencia de todos los que componemos la Comisión Gestora y le conjunto del personal de la Federación, a quien no debemos ni deseamos involucrar en actos que pueden relacionarse directa o indirectamente, con el proceso de renovación de los órganos de gobierno de la RFEV, ahora en marcha.
Como Sabes, y es tradición en todo proceso electivo en el ámbito federativo, las funciones de la Comisión Gestora están limitadas al gobierno provisional de la RFEV, en aquello que afecte al cumplimiento de sus obligaciones económicas y deportivas básicas, así como al despacho de los asuntos de trámite, hasta que se proceda a la elección de Presidente
Si tienes intención de venir a la RFEV, yo mismo te atenderé personalmente, pero cualquier otra necesidad que tengas, seré yo quien evalué si es merecedora de ser debatida en el seno de la Comisión Gestora que presido, por si fuese necesario discutir el asunto y determinar las decisiones oportunas,
De lo contrario, si requieres cualquier información, seré en primero en dar traslado de la misma al presidencia entrante en el traspaso de podres que s realice oportunamente, en este caso, te rogaría que lo formules por escrito y lo registres debidamente
Por todo ello, quiero que sepas que no autorizo el gasto que acarre tu desplazamiento, que considero a título privado a todos los efectos, a falta de la oportuna convocatoria de la comisión gestora, que no he hecho”.

 

Estos son los hechos que han venido sucediendo en el seno de la Comisión Gestora de la RFEV desde que el día 3 de noviembre se convocó el proceso electoral 2016. Ahora que cada uno saque sus propias conclusiones de si están siendo limpias, o no, las elecciones que se están llevando a cabo en la RFEV.
J.F.M.J.O.