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El Consejo Superior de Deportes incumple la Ley de Transparencia, y pasa de la resolución del Consejo de Transparencia que le obliga a cumplirla.

El 02 de octubre de 2020 el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, emitió la resolución 385/2020, por la que instaba al MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE a que, en el plazo máximo de 10 días hábiles, remita a D. …la siguiente información:

Solicitudes de subvención al CSD por la RFEV en 2018, 2019 Y 2020 para los programas deportivos del Centro especializado de Alto rendimiento de Vela de Santander que deben hacerse de acuerdo con la ley 38/2003, el RD 887/2006 y la orden ECD/2681/2012 correspondiente a la ley General de subvenciones y las bases reguladoras y ayudas por el CSD. Así mismo, solicito las subvenciones concedidas por este motivo, y la justificación de las mismas.

La subvención otorgada a la RFEV

La subvención otorgada a la RFEV para la tecnificación deportiva y gastos en alto rendimiento en 2017, 2018 Y 2019 Y la justificación de las mismas.

La subvención otorgada a la RFEV para el programa mujer y deporte en 2018 y 2019 Y la justificación de las mismas.

La subvención concedida a la RFEV para la protección social de los deportistas de alto nivel en 2018 y 2019, Y la justificación de las mismas.

La subvención concedida a la RFEV para la participación en competiciones internacionales en 2108 y 2019, Y la justificación de las mismas

TERCERO: INSTAR al MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE a que, en el mismo plazo máximo, remita a este Consejo de Transparencia copia de la información enviada al reclamante.

Ante la falta de cumplimiento por parte del CSD de esta resolución, el CTBG remitió oficio al Ministro de Cultura y Deporte el día 12 de noviembre de 2020 en el que decía:

“SUBDIRECCIÓN GENERAL DE

TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

ASUNTO: Reiteración del cumplimiento de la Resolución R_0385_2020 (100_003874), de 2 de

Octubre de 2020, de este Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Con fecha 2 de Octubre de 2020, este Consejo de Transparencia y Buen Gobierno dictó la

Resolución R_0385_2020 (100_003874), adoptada en el expediente tramitado como consecuencia de la reclamación formulada por D…, respecto de su solicitud de acceso a la información pública.

En dicha Resolución, este Consejo instaba a esa Unidad de Información y Transparencia a que, en plazo máximo de 10 días, procediera a remitir al reclamante la información pública señalada en el cuerpo de la misma y a trasladar a este Consejo, en igual plazo, copia acreditativa de la información suministrada.

Transcurrido en exceso el plazo señalado sin que se haya recibido en este organismo la mencionada copia ni noticia alguna del cumplimiento de la mencionada Resolución, procedemos, a instancia del interesado, a reiterar a esa Unidad de Información y Transparencia la necesidad de cumplir de forma inmediata lo señalado en la parte dispositiva de aquélla.

LA SUBDIRECTORA GENERAL ADJUNTA

DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO”

A fecha de hoy, tras 9 meses de emitida la resolución 385 del CTBG; el CSD sigue sin cumplirla, y con ello pasando de la misma.

Si el CSD, incumple flagrantemente esta resolución, y la Ley que le es de aplicación, que es lo que hará con otras cuestiones, como es el caso, sin ir más lejos, de otras muchas reclamaciones que le han sido planteadas sobre la RFEV.

J.F.M.J.O.